Incluye modificaciones publicadas en B.O.P. nº 151 de 09/08/2010
B.O.P. nº 71, Granada, viernes 16 de abril de 2010
Creación de la sede electrónica de la administración municipal
EDICTO Expte. 128/2010. Resolución de creación de la sede electrónica de la Administración Municipal
El Alcalde de Granada,
HACE SABER:
Que, mediante decreto de fecha 12 de abril de 2010, he ordenado lo siguiente: A la vista de los informes del Vicesecretario General, responsable de la Línea Estratégica del Plan de Sistemas y del Director Técnico del Centro de Proceso de Datos, de 9 de abril de 2010, poniendo de manifiesto que, en cumplimiento de la Ordenanza Municipal de Administración Electrónica, han sido implementados en el Sistema de Información Municipal (SIM) los medios técnicos de la sede electrónica de la Administración Municipal que permiten la efectiva puesta en funcionamiento de la misma, en uso de la atribuciones que me vienen conferidas por los artículos 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, 8 del Reglamento Orgánico Municipal, Disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Administración Electrónica y demás normativa concordante,
DISPONGO:
Primero. Ordeno que la sede electrónica única de la Administración Municipal, identificada con la dirección sedeelectronica.granada.org, esté activa desde el día 15 de abril de 2010.
Segundo. Ordeno que la sede electrónica tenga el contenido siguiente:
1. Los canales de acceso de los ciudadanos adecuados a los requerimientos técnicos establecidos por la normativa vigente.
2. Los sistemas de firma electrónica de uso ciudadano.
3. La información necesaria permanentemente actualizada para la correcta utilización de la sede, incluyendo el mapa de la misma, con especificación de la estructura de navegación y las distintas secciones disponibles, así como la relacionada con propiedad intelectual.
4. La responsabilidad técnica y de seguridad de los servicios insertos en la sede.
5. El sistema de verificación de los certificados de la sede.
6. La relación de los sellos electrónicos empleados en la Administración Municipal, basados en certificados electrónicos que reúnan los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica, que incluirán el número de identificación fiscal, la denominación correspondiente, la identidad de la persona titular en el caso de los sellos electrónicos de órganos administrativos y el procedimiento de verificación por los ciudadanos.
7. El sistema de código seguro de verificación, accesible por los interesados, que deberá garantizar, en todo caso el carácter único del código generado para cada documento, su vinculación con el documento generado y con el firmante y los mecanismos utilizados para la generación del código.
8. El sistema de sellado de tiempo.
9. Las declaraciones de conformidad y los distintivos de seguridad, que en su caso se obtengan respecto al cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad y del Esquema Nacional de Interoperabilidad.
10. Los formularios electrónicos de utilización por los ciudadanos, así como el formulario de propósito general a utilizar para la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones en el Registro Electrónico General.
11. La información permanentemente actualizada sobre los procedimientos y trámites electrónicos implantados, tanto en la sede electrónica de la Administración Municipal, como de las Administraciones y entidades con las que se hayan suscrito los correspondientes convenios de colaboración. La determinación, para cada procedimiento, de las fases de los mismos de tramitación electrónica y de los efectos estimatorios o desestimatorios de la falta de resolución expresa.
12. El sistema de consulta de expedientes y documentación de la Carpeta Ciudadana.
13. El formulario de sugerencias y quejas para cursar reclamaciones sobre los servicios incluidos en la sede.
14. El sistema de consulta y tramitación administrativa mediante representantes y el régimen de representación mediante empleado público habilitado cuando esté disponible.
15. El Registro Electrónico de la Administración Municipal, con la determinación de la fecha y hora oficiales del Real Instituto y Observatorio de la Armada, el calendario de días inhábiles y la normativa reguladora del Registro.
16. En el tablón de edictos de la Administración Electrónica Municipal se insertarán, en el plazo de cinco días desde su adopción, los anuncios de las disposiciones y actos administrativos generales de la Administración Municipal, así como los actos de otras Administraciones Públicas u órganos judiciales que la Administración Municipal tenga la obligación de publicar.
17. La carta de servicios de la sede electrónica de la Administración Municipal.
Tercero. Ordeno que la accesibilidad a la sede electrónica de la Administración Municipal se adecue, como mínimo, al nivel AA de la Norma UNE 139803:2004 del Real Decreto 1.494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.
Cuarto. Ordeno que la responsabilidad técnica y de seguridad de los servicios insertos en la sede corresponde al Centro de Proceso de Datos, en coordinación con los servicios y entidades de la Administración Municipal.
Quinto. Ordeno la realización de una campaña divulgativa para dar a conocer a la ciudadanía los objetivos y contenidos de la sede electrónica de la Administración Municipal.
Sexto. Ordeno la implementación de un procedimiento de control del uso por los ciudadanos de los instrumentos habilitados en la sede electrónica, así como del cumplimiento de los objetivos, contenidos y aplicación de todos los dispuestos en la Ordenanza de Administración Electrónica.
Séptimo. Ordeno la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, dando posteriormente cuenta de la misma al Excmo. Ayuntamiento Pleno en la primera sesión ordinaria que celebre.
Lo que se hace público, para general conocimiento.
Granada, 13 de abril de 2010.
El Alcalde, P.D. el Concejal Delegado de Personal, Servicios Generales y Organización, fdo.: Juan Antonio Fuentes Gálvez.