Medio ambiente
Resolución de 25 de febrero de 2013, de la Subsecretaría, por la que se publica el plazo de presentación de solicitudes de ayuda a proyectos susceptibles de ser financiados por el Instrumento Financiero LIFE+ de la Unión Europea, en los ámbitos temáticos de LIFE+ Naturaleza y Biodiversidad, LIFE+ Política y Gobernanza medioambientales y LIFE+ Información y Comunicación, convocatoria 2013.
BOE 53/2013 (del 04/03/2013)
Boletín Oficial del Estado, núm. 53 de 2 de marzo de 2013
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2013-2331
Resolución de 25 de febrero de 2013, de la Subsecretaría, por la que se publica el plazo de presentación de solicitudes de ayuda a proyectos susceptibles de ser financiados por el Instrumento Financiero LIFE+ de la Unión Europea, en los ámbitos temáticos de LIFE+ Naturaleza y Biodiversidad, LIFE+ Política y Gobernanza medioambientales y LIFE+ Información y Comunicación, convocatoria 2013.
TEXTO
El Reglamento (CE) n.º 614/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de mayo de 2007, relativo al Instrumento Financiero para el Medio Ambiente (LIFE+), publicado en el «Diario Oficial de la Unión Europea» L 149, de 9 de junio de 2007, constituye la norma jurídica que regula el Instrumento Financiero LIFE+.
1. El objetivo general del Instrumento Financiero LIFE+, de acuerdo con el artículo 1 del Reglamento, es contribuir a la aplicación, actualización y desarrollo de la política y legislación comunitaria en materia de medio ambiente, en particular en lo que se refiere a la integración del medio ambiente en las demás políticas y al desarrollo sostenible en la Comunidad. LIFE+ respaldará la aplicación del 6.º PMA y financiará medidas y proyectos con valor añadido europeo en los Estados miembros.
2. La presente resolución recoge lo establecido en la convocatoria de Propuestas de LIFE+ de 2013 de la Comisión Europea, publicada en el «Diario Oficial de la Unión Europea» (2013/C 47/10) de 19 de febrero de 2013. Los proyectos a los que va dirigida y que, por tanto, podrán ser objeto de financiación con cargo al Instrumento Financiero LIFE+, serán los relativos a los tres componentes de que consta LIFE+.
3. Las guías para la presentación de solicitudes, que incluyen explicaciones detalladas sobre la subvencionabilidad y los procedimientos, pueden obtenerse en el sitio Internet de la Comisión en la siguiente dirección:
http://ec.europa.eu/environment/life/funding/lifeplus.htm
Las propuestas sólo deberán crearse y presentarse a través de la herramienta de solicitud en línea «eProposal». El enlace correspondiente se comunicará a su debido tiempo a través de la página web anteriormente mencionada.
Podrán presentar propuestas las entidades establecidas en los Estados miembros de la Unión Europea o en Croacia, tanto las instituciones como agentes u organismos públicos o privados.
La presente convocatoria abarca los siguientes temas:
a) Naturaleza y biodiversidad LIFE+. Objetivo principal: proteger, conservar, restaurar, supervisar y facilitar el funcionamiento de los sistemas naturales, los hábitats naturales y la flora y la fauna silvestres, con el fin de detener la pérdida de biodiversidad, y, en particular, la diversidad de recursos genéticos, en la Unión Europea.
b) Política y gobernanza medioambientales LIFE+. Objetivos principales:
Cambio climático: Estabilizar la concentración de gases de efecto invernadero a un nivel que impida que el calentamiento global supere 2 °C.
Agua: Contribuir a la mejora de la calidad del agua desarrollando medidas rentables para conseguir un buen estado ecológico con vistas a elaborar el primer plan hidrográfico de cuenca con arreglo a la Directiva 2000/60/CE (Directiva marco del agua).
Aire: Alcanzar niveles de calidad del aire que no den lugar a riesgos o efectos negativos significativos en la salud humana y el medio ambiente.
Suelo: Proteger y asegurar el uso sostenible del suelo preservando sus funciones e impidiendo las amenazas al mismo, así como reduciendo los efectos de dichas amenazas y restaurando los suelos degradados.
Medio ambiente urbano: Contribuir a mejorar el comportamiento medioambiental de las zonas urbanas europeas.
Ruido: Contribuir al desarrollo y la aplicación de políticas en materia de ruido ambiental.
Productos químicos: Mejorar la protección del medio ambiente y la salud frente a los riesgos que presentan los productos químicos de aquí al 2020 aplicando la legislación sobre productos químicos, en particular el Reglamento (CE) n.º 1907/2006 REACH y la estrategia temática sobre el uso sostenible de los plaguicidas.
Medio ambiente y salud: Desarrollar la base de información para la política de medio ambiente y salud (Plan de Acción Medio Ambiente y Salud).
Recursos naturales y residuos: Desarrollar y aplicar políticas diseñadas para garantizar una gestión sostenible de los recursos naturales y los residuos, mejorar el comportamiento medioambiental de los productos, una producción y unas pautas de consumo sostenibles, y la prevención, la recuperación y el reciclado de los residuos. Contribuir a la implementación eficaz de la estrategia temática de prevención y reciclado de residuos.
Bosques: Proporcionar, especialmente a través de una red de coordinación de la UE, una base completa y concisa de información pertinente a efectos de la elaboración de políticas sobre los bosques en relación con el cambio climático (impacto en los ecosistemas forestales, atenuación, efectos de sustitución), la biodiversidad (información de partida y zonas forestales protegidas), los incendios forestales, la situación de los bosques y su función protectora (agua, suelo e infraestructuras), así como contribuir a la protección de los bosques contra los incendios.
Innovación: Contribuir al desarrollo y la demostración de enfoques políticos, tecnologías, métodos e instrumentos innovadores para apoyar la aplicación del Plan de Actuación a favor de las Tecnologías Medioambientales (ETAP).
Enfoques estratégicos: Fomentar la aplicación y ejecución efectivas de la legislación medioambiental de la Unión y mejorar la base de conocimientos para la política medioambiental; mejorar el comportamiento medioambiental de las PYME.
c) Información y Comunicación. LIFE+. Objetivo principal: Divulgar información y fomentar la sensibilización en torno a los temas medioambientales, incluida la prevención de incendios forestales; y respaldar las medidas de acompañamiento como información, actividades y campañas de comunicación, conferencias y formación, incluida la formación en prevención de incendios forestales.
4. Los porcentajes de cofinanciación de la Unión Europea serán los siguientes:
a) Proyectos sobre Naturaleza y biodiversidad LIFE+. El porcentaje de la contribución financiera de la Unión ascenderá como máximo al 50% de los gastos subvencionables. Excepcionalmente, se aplicará un porcentaje máximo de cofinanciación de hasta un 75% a las propuestas dedicadas a hábitats o especies prioritarias recogidas en las Directivas sobre aves y hábitats.
b) Proyectos sobre Política y gobernanza medioambientales LIFE+. El porcentaje de la contribución financiera de la Unión ascenderá como máximo al 50% de los gastos subvencionables.
c) Proyectos sobre Información y Comunicación LIFE+. El porcentaje de la contribución financiera de la Unión ascenderá como máximo al 50% de los gastos subvencionables.
5. El presupuesto general para las subvenciones de las actividades de los proyectos de LIFE+ en 2013 es de 278 000 000 EUR. Al menos un 50 % de este importe se asignará a medidas de apoyo a la conservación de la naturaleza y la biodiversidad.
La asignación financiera indicativa para España para el año 2013 es de 27 346 823 EUR.
6. Para la convocatoria LIFE+ 2013 España ha seleccionado todas las Prioridades recogidas en el Anexo II del Reglamento (CE) n.º 614/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de mayo de 2007, relativo al Instrumento Financiero para el Medio Ambiente (LIFE+).
7. Se puede obtener mayor información, incluidos los formularios y la guía para la presentación de solicitudes, en la página web de LIFE:
http://ec.europa.eu/environment/life/funding/lifeplus.htm
8. Las solicitudes deberán crearse, validarse y, finalmente enviarse a través de eProposal a la autoridad nacional competente,
http://ec.europa.eu/environment/life/contact/nationalcontact/index.htm, a más tardar el 25 de junio de 2013, a las 16:00 horas, hora de Bruselas. Las solicitudes se remitirán a través de eProposal a la autoridad nacional del Estado miembro (o Croacia) en que esté registrado el beneficiario.
A continuación, las autoridades nacionales presentarán las solicitudes a través de eProposal a la Comisión a más tardar el 5 de julio de 2013, a las 23:59 horas, hora de Bruselas.
En la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente también encontrará toda la información de la Convocatoria de Propuestas LIFE+ 2013:
http://www.magrama.gob.es/es/ayudas-y-subvenciones/otros/programa-life/default.aspx
Madrid, 25 de febrero de 2013.–El Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.