Igualdad de Oportunidades
Resolución de 4 de octubre de 2017, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se procede a la convocatoria para el ejercicio de 2017 para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a mujeres víctimas de violencia de género que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo.
BOJA 196/2017 (del 11/10/2017)
Plazo de Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es: una vez matriculada, pre/inscrita o inscrita en un curso de formación profesional para el empleo y antes de los 60 días naturales desde su inicio. Resumen
Se efectúa convocatoria pública para el ejercicio 2017 para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a mujeres víctimas de violencia de género que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 196 de 11/10/2017
Consejería de Igualdad y Políticas Sociales
Resolución de 4 de octubre de 2017, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se procede a la convocatoria para el ejercicio de 2017 para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a mujeres víctimas de violencia de género que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo.
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Mediante Orden de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, de 27 de septiembre de 2017 (BOJA núm. 190, de 3 de octubre), se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a mujeres víctimas de violencia de género que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo.
La citada Orden en su disposición adicional única establece que se faculta a la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer para dictar las instrucciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.
En virtud de lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
DISPONGO
Primero. Convocatoria.
Por la presente Resolución, se efectúa convocatoria pública para el ejercicio 2017 para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a mujeres víctimas de violencia de género que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo.
Segundo. Solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes es: una vez matriculada, pre/inscrita o inscrita en un curso de Formación Profesional para el Empleo y antes de los 60 días naturales desde su inicio.
2. Las solicitudes de subvención se presentarán conforme al modelo que figura como Anexo I de la presente Resolución. Tanto esta solicitud como el formulario Anexo II de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos se podrán obtener en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en la página web del propio Instituto Andaluz de la Mujer: www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer, y en las sedes del Instituto Andaluz de la Mujer y en sus Centros Provinciales de la Mujer.
Tercero. Cuantía total máxima de la presente convocatoria.
1. Las subvenciones se concederán con cargo a las partidas presupuestarias 1331010000 G/32G/48400/00 2017 y 1331010000 G/32G/48400/00 2018 del fondo 01, siendo la cuantía total máxima destinada de 900.000,00 euros, de los cuales 675.000,00 euros corresponden a la anualidad 2017 y 225.000,00 a la anualidad 2018.
2. En el supuesto de producirse aumentos sobrevenidos en el crédito disponible se podrá proceder a su incorporación en la cuantía máxima indicada.
Cuarto. Plazo de justificación.
El plazo máximo para la presentación de la justificación final será de tres meses siguientes a la finalización efectiva de la acción formativa.
Quinto. Forma de pago.
Se abonará un primer pago de forma anticipada por el importe equivalente al 75% de la subvención a la firma de la resolución de concesión, el 25% restante será satisfecho una vez finalizada la acción formativa.
Sexto. Régimen jurídico.
Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria, se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 27 de septiembre de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a mujeres víctimas de violencia de género que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo.
Séptimo. Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de octubre de 2017.- La Directora, Elena Ruiz Ángel.
Extracto de la Resolución de 4 de octubre de 2017, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se procede a la convocatoria para el ejercicio de 2017 para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a mujeres víctimas de violencia de género que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 196, 11 de octubre de 2017
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00122350.
BDNS (Identif): 364901.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Se convoca, las ayudas económicas cuyas bases reguladoras están aprobadas por la Orden de 27 de septiembre de 2017 (BOJA núm. 190, de 3 de octubre) de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a mujeres víctimas de violencia de género que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las mujeres que estando en situación de violencia de género haya sido declarada su idoneidad para la participación en cursos de formación profesional para el empleo, y se ajusten a los requisitos establecidos en el apartado 4.a). 2.º del Cuadro Resumen de la Orden 27 de octubre de 2017 (BOJA núm. 190, de 3 de octubre).
Tercero. Objeto.
Ayuda económica para facilitar la participación en cursos de formación profesional para el empleo a mujeres que estando en situación de violencia de género haya sido declarada su idoneidad por el Instituto Andaluz de la Mujer para su participación en cursos de formación profesional para el empleo.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, por el Instituto Andaluz de la Mujer, a mujeres víctimas de violencia de género que participen en cursos de Formación Profesional para el Empleo, aprobadas mediante la Orden 27 de octubre de 2017 (BOJA núm. 190, de 3 de octubre).
Quinto. Importe.
La dotación máxima de la línea de subvención es de 900.000,00 euros, de los cuales 675.000,00 euros corresponden a la anualidad 2017 y 225.000,00 euros a la anualidad 2018.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes es: una vez matriculada, pre/inscrita o inscrita en un curso de formación profesional para el empleo y antes de los 60 días naturales desde su inicio.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la Convocatoria. Asimismo, se pueden obtener en la siguiente dirección electrónica: www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer, así como en la sede del Instituto Andaluz de la Mujer y en sus Centros de la Mujer Provinciales.
La Directora, Elena Ruiz Ángel.