Resumen
Primero. Beneficiarios:
Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas y registradas en el registro correspondiente, según el ámbito autonómico o nacional de la entidad, con sede en Granada capital con, al menos, un año de antigüedad, que tengan entre sus fines estatutarios el desarrollo de programas/proyectos y/o actividades directamente relacionadas con el objeto de la subvención. Las entidades beneficiarias deben tener entre los fines recogidos en sus Estatutos, la atención a colectivos en situación de vulnerabilidad o de exclusión: infancia y adolescencia, personas mayores, personas con discapacidad, personas sin hogar, personas pertenecientes a minorías étnicas, inmigrantes, personas que ejercen la prostitución, personas que tienen o han tenido un problema de adicción, personas con enfermedades crónicas, de larga duración o similares u otros colectivos en situación de necesidad social.
Segundo. Finalidad:
- Promover la cohesión e inclusión social a través del respeto a la diversidad y la promoción de valores comunitarios.
- Apoyar la actividad del Tercer Sector en el ámbito de la acción social.
- Posibilitar una vida digna a personas y familias que carezcan de medios suficientes para cubrir sus necesidades básicas.
- Complementar el desarrollo de la infancia y la adolescencia a través de la educación en valores y la innovación social.
- Fomentar el diseño de una ciudad accesible para todas las personas desde un punto de vista universal.
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