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Iniciativas Empresariales
Guía para el emprendimiento
Constituye la empresa: Fiscalidad
ESTIMACION DIRECTASe realizan 4 pagos fraccionados trimestrales (modelo 130), cuyo importe se calcula en actividades empresariales y profesionales: 20% del rendimiento neto | Normal
- Se aplica a empresarios, empresarias y profesionales que no estén acogidos a la modalidad simplificada ni a la estimación objetiva
- El rendimiento neto se calcula por diferencia entre los ingresos computables y los gatos deducibles
- Son de aplicación los incentivos y estímulos a la inversión empresarial del Impuesto de Sociedades.
- Las obligaciones contrables y registrales varian según actividad:
- Actividades empresariales de carácter mercantil: libros Diario, de Inventarios y de Cuentas Anuales, legalizados en Registro Mercantil
- Actividades empresariales que no tengan carácter mercantil: libros registro de ventas e ingresos, de compras y gastos de bienes de inversión
- actividades profesionales: libros-registro de ingresos, de gastos, de bienes de invesión y de provisiones de fondos y suplidos
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Simplificada
- Se aplica a empresarios, empresarias y profesionales cuando :
- Sus actividades no estén acogidas a Estimación Objetiva
- En el año anterior el importe neto de la cifra de negocio no supere 601.000 €
- No se haya renunciado a su aplicación
- Ninguna actividad que ejerzan se encuentre en modalidad normal
- El rendimiento neto se calcula por diferencia entre ingresos y gastos (deducible un 5% del rendimiento neto como gastos de difícil justificación)
- Son de aplicación los incentivos y estimulos a la inversión empresarial del impuesto de Sociedades
- Las obligaciones contables varían según actividad:
- actividades empresariales: libros - registro de ventas e ingresos de compraas y gastos de bienes de inversión.
- actividades profesionales : libros-registro de ingresos, de gastos de biene de inversión y de proviciones de fondos suplidos.
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ESTIMACION OBJETIVA |
- Se aplica a empresarios, empresarias y profesionales cuyas actividades estén incluidas en orden anual que desarrolla el régimen,no rebasen los límites establecidos y no hayan renunciado a su aplicación.
- El rendimiento neto se calcula aplicando los módulos fijados en la Orden Anual
- Se incentiva la contratación de trabajadores y trabajadoras y la creación de nuevas empresas
- Obligaciones contables: sólo conservar las facturas emitidas y recibidas y los justificantes de los módulos aplicados
- Se realizan cuatro pagos fraccionados trimestrales (modelo 131), cuyo importe se calcula en actividades empresariales: el 4% del rendimiento según módulos, 3% cuando se tenga sólo un asalariado, 2% cuando no se tengan asalariados.
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LAS SOCIEDADES | |
Las sociedades tributan aplicando a la diferencia entre los ingresos y los gatos deducibles el tipo de gravamen que será:
- Tipo General: 30%
- Tipos especiales:
- Empresas de reducida dimensión(<10M): 25 % por B.I hasta 300.000 €, resto 30%
- Tipo reducido por mantenimiento y creación de empleo(<5M): 20% por BI hasta 300.000 €, resto al 25%
- Entidades nueva creación(1-1-2014, durante 2 años):15% hasta 300.000€, resto 20%
- Cooperativas fiscalmente protegidas: resultados cooperativos 20%, resultados extracoop. 30%
IVA
Tipo general: 21%
Tipos reducidos y superreducidos: 10% y 4 % | |
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